Formación Gratuita de adaptación a la RGPD (Reglamento General de Protección de Datos)
El 25 de mayo de 2018 entrará en vigor el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que sustituirá a la actual normativa vigente. Esta normativa se puso en marcha en mayo de 2016 y se concedió un periodo de dos años para permitir que los Estados de la Unión Europea, las Instituciones y también las empresas y organizaciones que tratan datos fuesen preparándose y adaptándose a los cambios y modificaciones que incorpora la nueva ley
Me apunto
¿Qué es el Reglamento General de Protección de Datos?
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es la nueva ley de índole europeo que se ha diseñado para proteger la privacidad de los ciudadanos y del tratamiento de datos de la Unión Europea. El RGPD sustituye a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y a la Directiva la Unión Europea de Protección de Datos de 1995.
¿En qué consiste el nuevo RGPD?
Consiste en realizar una correcta implantación de la ley en cada una de las organizaciones documentando que tratamiento se realizan de los datos y cumpliendo con las premisas que indica la normativa. Aplica una ley estandarizada de privacidad de datos en toda la Unión Europea y se modifica el modo en el que las organizaciones de la UE y otros países tratan y gestionan los datos.
¿Cuándo entra en vigor?
Entró en vigor en mayo de 2016 concediendo un periodo de convivencia y adaptación con la ley anterior. A partir del 25 de mayo de 2018 será la única ley vigente a cumplir en materia de protección de datos y todas las empresas y organizaciones tendrán que tener los cambios y modificaciones que conlleva esta nueva ley sobre la anterior implantados correctamente.
¿Afecta el nuevo reglamento a mi empresa?
Independientemente del tipo de organización que seas: empresa, autónomo, asociación, club, fundación…a todos nos afecta la ley y estamos obligados a cumplir con la normativa. Además hay cambios importantes sobre la ley anterior por lo que debemos actualizar, complementar y modificar nuestra aplicación de la ley para no incurrir en errores que puedan derivar en sanciones impuestas por la Autoridad de Control.
¿Qué sucede si no se cumple el RGPD?
Las organizaciones que no tomen las medidas adecuadas para proteger los datos personales en virtud del RGPD pueden enfrentarse a multas de una cuantía equivalente entre el 2% y el 4 % del volumen de negocio total anual global y variará en función de la gravedad de la medida incumplida . Estas multas se sumarán a las indemnizaciones debidas a las personas. Otra consecuencia posible puede ser la suspensión o limitación de los flujos de datos, un apercibimiento público y perjuicio a la reputación.
¿El RGPD es específico de un determinado sector?
El RGPD no es específico de un sector, su aplicación obliga que lo cumplan todas las organizaciones que traten datos (al fin y al cabo todos tratamos datos de clientes, proveedores….) independientemente del sector.
¿Los datos tienen que tratarse en formato manual o automatizado? ¿Es aplicable al almacenamiento de datos local o en la nube?
El RGPD ha de aplicarse tanto si se tratan datos en formato papel o en dispositivos como pueda ser un ordenador o una Tablet. Se aplica a prácticas de almacenamiento y tratamiento de datos tanto locales como en la nube.
Las respuestas a estas y muchas más preguntas el próximo día 5 de Abril en el Salón de Actos del EDIFICIO IBERCAJA de Paseo Isabel La Católica 6 de Zaragoza.
El aforo de la sala es limitado, por lo que es imprescindible que rellenéis la inscripción para reservar plaza.
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Si deseáis ampliar información podéis consultar la página de la Agencia Estatal: http://www.agpd.es/portalwebAGPD/temas/reglamento/index-ides-idphp.php
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